Horario acumulado versus horario de 150 horas

En cuanto a los horarios del trabajo en el SERUMS remunerado existen dos modalidades:

  1. Horario acumulado, en el que se trabaja aproximadamente 10 horas al día (de 08:00 a 08:00 con receso de 13:00 a 15:00) de lunes a sábado y durante 20 ó 15 días al mes, esto último dependiendo de la microred y red de salud a la que pertenezca tu plaza SERUMS.
  2. Horario de 150 horas, en esta modalidad se trabaja según lo establecido en la Ley 23330; es decir, el equivalente a 36 horas semanales y 150 horas mensuales. Incluye una guardia comunitaria diurna de 12 horas, una vez a la semana.
Copyright: Ahmed Solimar - 123RF Stock Photo

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Por ejemplo, este sería una semana de trabajo con el horario de 150 horas:

DÍA TURNO HORARIO HORAS
Lunes M 08:00 – 14:00 6h
Martes T 14:00 – 20:00 6h
Miércoles GCD 08:00 – 20:00 12h
Jueves DPG 08:00 – 20:00 0h
Viernes M 08:00 – 20:00 6h
Sábado T 08:00 – 20:00 6h
TOTAL 36h

M: mañana, T: tarde, GCD: guardia comunitaria diurna, DPG: descanso posguardia

Cualquier duda no dudes en comentar.

120 Respuestas a “Horario acumulado versus horario de 150 horas

  1. Buenas tardes, ojala puedan resolver mis dudas.
    1.- cuanto es el pago por las guardias comunitarias para el medico?
    2.- las guardias son programadas desde el primer mes de serums?
    GRACIAS POR LAS RESPUESTAS

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  2. Estoy realizando serums equivalente, quisiera saber si puedo acumular horas para terminar tres meses antes (es decir, a fines de Julio, ya no fines de Octubre). Ya lo conversé en el centro y aceptaron a que lo podría terminar antes. Ello afectaría el desarrollo de mi informe?, ya que según he estado revisando, los datos a colocar en el informe son mensuales.

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  3. Hola una pregunta, en el caso que mi establecimiento de salud se haya quedado sin personal por renuncia de estos y mis dias libres esten programados para justo la semana en la cual renunciaron el resto de personal, la micro red puede suspenderme mis dias libres arbitrariamente?

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  4. Katherine, el Ministerio de Trabajo dispuso que “no laborarán los días 08, 09, 10 y 11 con la condición de que se acredite ante el empleador haber ejercido el voto”. Saludos.

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  5. Hola mi nombre es katherine…médico serums.trabajo en microred de huamanga.Ayacucho..la duda es las guardias comunitarias son obligatoriamente de 12 horas. Y en caso de elecciones los q somos de lygares alejados debemos reponer ese turno. Gracias.

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  6. Mi consulta es si estudie en chimbote tengo donde tengo que inscribirme para poder potular al serums.gracias podrian orientarme y como hago para presentarme en lima que tengo que hacer

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  7. Nathali, el horario de trabajo se mantiene así ocupes o no la residencia y es de 150 h mensuales. El acumulado de días no está normado. Las guardias no son obligatorias, solo es necesario realizar 1 guardia diurna para cumplir con las 36h semanales.

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  8. hola, si es que mi puesto de salud tiene residencia pero no me ofrece las comodidades del caso para poder vivir ahi y decido alquilar un cuarto en la zona de jurisdicción ¿ya no me vale para poder acumular mis días libres, aun así haga guardias? , red huylas sur, diresa ancash

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  9. Soy Medico Serums, hasta donde tengo conocimiento , los medicos serumnistas para ganar el sueldo de 4600 tenemos que realizar 4 guardias en domingos que son feriados y una giardia ordinaria entre semana,me gustaria saber si las guardias comunitarias lo puedo hacer en dias que no fueran domingos, y cuanto me descontarian, soy de la red Huanuco , Microred Santa María del valle y que tramite haria para poder solicitar realizar las guardias en dias de semana o incluso feriados que no sean domingos

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  10. Hola Daniel, no te compliques tanto. Las guardias no son obligatorias para el personal SERUMS (referencia reglamento de la ley 23330, capitulo XI), son 36h semanales o 150h mensuales y punto, si te sobran días en el mes son tuyos y puedes hacer en ellos lo que te plazca. No sé a qué te refieres con que son obligados, ¿hay amenazas de por medio?¿coacción? si ese es el caso deberían poner en conocimiento a la DIRESA y Coordinación de SERUMS.

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  11. UNA PREGUNTA: si la ley de 150 horas incluyendo las guardias comunitarias y los descansos post guardia no acumulables obligados, en los puestos de salud I-1 y I-2, en un mes de 31 días, y en este caso de marzo que contiene 2 días feriados nacionales remunerados., que hacemos con los días que sobran ya una vez cumplidos las 150 horas, porque en la microred que me encuentro haciendo mi SERUMS nos obligan a trabajar esos dias, hacien un total que sobrepasan las 150 horas de trabajo por ley, y las cuales horas extras no nos pagan pero si nos obligan a hacerlas y segun la ley no debemos de trabajar mas de nuestras 150 horas, pero que hacer con esos días sobrantes no pagados.

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  12. Hola tengo una consulta
    si yo estoy haciendo mi SERUMS en modalidad remunerativa, puedo hacer algun tramite para renunciar a mi plaza y terminar el serum en modalidad equivalente en otra plaza??

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  13. Hola soy obstetra, estoy haciendo mi serums 2015 -II en la región Piura, y hace una semana, nos han dicho que ya no haremos guardias comunitarias los domingos, y que no tendremos los dias libres, quisiera saber que tanto es verdad, porque no encuentro un documento que haya mandado el ministerio de salud con dicha nueva resolucion y ningun documento nos han enviado. Y otro detalle es que despues de dos meses nos permitiran salir para ver a nuestra familia, y que sino cumplimos esa orden solo haran que no nos paguen las guardias comunitarias asi las estemos cumpliendo los domingos. Agrdeceria que me informen. Gracias

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  14. Hola Blanca, respondo a tu pregunta con un ejemplo, Por ejemplo, este sería una semana de trabajo con el horario de 150 horas:Lunes: Turno mañana 6h (08:00 a 14:00), Martes:Turno tarde 6h (14:00 a 20:00), Miércoles: Guardia comunitaria 12h (08:00 a 20:00), Jueves: Descanso posguardia 0h, Viernes: Turno mañana 6h, Sábado: Turno tarde 6h

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  15. Buenos días! soy parte de SERUM 2015-2 y tengo entendido que son 150 horas mensuales,trabajando 36 horas semanales, pero al hacer mi cuenta trabajando 36 horas semanales al mes llego a 156 horas x mes, es así? estoy sacando mal mi cuenta? estaría trabajando 6 horas mas? puedo reclamar en la institución donde trabajo? ya que no he recibido mucho apoyo x parte de ellos y pues no quiero trabajar 6 horas mas sino me corresponde!gracias

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  16. Saludos, la actual ley SERUMS y su reglamento establece como máximo 150 horas de trabajo al mes, incluyendo guardias, o su equivalente que son 36 horas semanales. No existen horas extras y el dia post guardia también se encuentra establecido en el reglamento.

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  17. hola somos un grupo de serumnistas 2015 -I Y 2015-II.. somos de la region san martin .. hay una ley o reglamento y /o resolución ,que nos pueda avalar sobre las guardias comunitarias ( dia post guardia) porque la jefa de personal dice que no tenemos derecho a dia post guardia comunitaria.. porque trabajamos practicamente 48 horas a la semana

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  18. Buenos días, tengo una consulta.
    Soy psicóloga y en mi red me estan diciendo que yo como serumista no tengo derecho a las 150 horas, por lo cual me han hecho trabajar 168 horas el mes pasado.
    Quiero saber si realmente nos corresponde las 150 horas o depende de mi red???

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